RECLAMACIÓN DE MENOS DE 2.000€

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Con independencia de que el asesoramiento jurídico proporcionado por un profesional puede suponer una gran diferencia en el resultado de un pleito, debemos saber que no será necesaria la intervención de Abogado ni de Procurador en la reclamación de menos de 2.000€ mediante juicio verbal.

Tampoco lo será en la petición inicial de procedimiento monitorio, pero hoy nos centraremos en el juicio verbal.

Los artículos 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exceptúan la necesaria intervención de ambos profesional en el caso de reclamar o que nos reclamen menos de 2.000€ mediante juicio verbal.

Tanto si reclamamos una deuda nosotros como si nos la reclama un tercero, debemos saber que el Consejo General del Poder Judicial pone a nuestro alcance las siguientes herramientas:

  • Guía sobre el juicio verbal
  • Modelo de demanda
  • Modelo de demanda Modelo de contestación de demanda

Es importante saber que en estos casos, en que la intervención de Abogado y Procurador no es preceptiva, si nos condenasen en costas y hubiese prescindido de dichos profesionales, no me podrán reclamar los honorarios de los profesionales que hubiesen asistido a la otra parte. Excepto que el Tribunal aprecie temeridad en la conducta del condenado en costas o que el domicilio de la parte representada y defendida esté en lugar distinto a aquel en que se ha tramitado el juicio

¿Cuándo es recomendable acudir defendido por Abogado? Cuando nos están reclamando de más, pensamos que pueden existir cláusulas abusivas en el origen de la deuda, etc. Si tienes entre manos una reclamación de menos de 2.000€ no dudes en contactar conmigo, exponme tu caso y veamos si es necesaria o no la defensa letrada.

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