MODIFICACIÓN DE LA GUARDA

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Hablábamos la semana pasada de la modificación de medidas en general y hoy daremos alguna pincelada sobre la modificación de la guarda y custodia.

Como ya sabemos, la guarda y custodia puede ser exclusiva a favor de uno de los dos progenitores. O puede ser compartida entre ambos, con independencia de la distribución del tiempo de disfrute.

Ahora bien, se dan casos en los que inicialmente no se establece una guarda compartida, que es lo más común actualmente.

Si la guarda exclusiva tiene su fundamentación en un hecho concreto es importante recoger esa justificación en el Convenio.

Por ejemplo, si uno de los progenitores todavía no tiene vivienda propia donde residir con los hijos. O vive muy lejos del lugar de desarrollo social de los menores. O su trabajo no le permite asumir una guarda compartida porque trabaja por la noche.

Si ese motivo que le impide disfrutar de la guarda compartida de sus hijos está detallado, una vez que ya no haya ese impedimento, podrá solicitar la guarda compartida.

Tendrá que acreditar, eso sí, que el impedimento ha desaparecido.

Lo mismo ocurriría si no se hubiese hecho constar esa justificación en el Convenio, pero en ese caso tendremos que acreditar la situación del progenitor tanto en el momento actual como en el inicial.

Otros casos en los que cabría la modificación de la guarda serían, por ejemplo, cuando uno de los progenitores no cumple correctamente con sus obligaciones parentales y esto está perjudicando a los menores.

Si conseguimos acreditar que la convivencia con ese progenitor perjudica al desarrollo físico y/o emocional de los menores, también podremos pedir una modificación.

En este último caso no hablamos sólo de violencia física o psicológica. No es necesario llegar a ese extremo para no cumplir con las obligaciones parentales.

Cuando los niños son más mayores, y sobre todo cuando las nuevas parejas de los progenitores entran en casa, a veces son los propios hijos los que piden un cambio. Podría darse una modificación de la guarda también en estos casos. Como todo en Derecho de Familia, cada caso es completamente distinto. Por eso, si quiere instar la modificación de la guarda y custodia de sus hijos, no dude en contactar conmigo.

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