MEDIDAS JUDICIALES DE APOYO

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(parte 1)

Desde el pasado 03/09/2021 lo que antes conocíamos como “incapacitación judicial” ha pasado a denominarse “medidas judiciales de apoyo para personas con discapacidad”.

La regulación actual pretende dotar a las personas con discapacidad de mayor autonomía, dentro siempre de las limitaciones de las patologías que producen su discapacidad.

Hasta el punto de que uno mismo, siendo mayor de edad, puede solicitar la designación de una o más personas que la asistan si lo necesita para ejercer su capacidad jurídica en condiciones de igualdad.

Lo más habitual es solicitar estas medidas judiciales de apoyo para nuestros mayores cuando, por ejemplo, son diagnosticados de alguna enfermedad que merma sus facultades mentales (alzhéimer).

Pero también pueden ser solicitadas para personas más jóvenes que tienen mermada su capacidad jurídica por algún motivo.

En cualquier caso, lo que se pretende con estas medidas judiciales de apoyo es proteger a la persona con discapacidad no sólo frente a si misma sino también frente a terceros de mala fe.

¿Quién puede iniciar el proceso?

  • Tanto el Ministerio Fiscal de oficio, como la propia persona con discapacidad, su cónyuge o pareja estable, sus descendientes, ascendientes o hermanos pueden solicitarlas.
  • Se trata de un procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, para el que no es necesario acudir con Abogado y Procurador. No obstante, en determinadas circunstancias es recomendable cuanto menos el asesoramiento previo de un profesional.

¿Qué documentación necesitaremos?

  • Documentación personal de la persona con discapacidad: libro de familia, certificado de matrimonio en caso de estar casada, padrón municipal y certificado de residencia.
  • Documentación de su familia más cercana: certificado de defunción del esposo/a si fuese viudo/a, certificado de nacimiento de sus hijos y de defunción si alguno hubiese fallecido. Al final se trata de acreditar quienes son las personas interesadas en la protección de la persona con discapacidad.
  • Informe médico que detalle la enfermedad y su alcance.

Dar el paso para solicitar medidas judiciales de apoyo no es fácil. Pensamos que nuestros seres queridos siempre se valdrán por sí mismos. Pero lamentablemente determinadas enfermedades y el mero paso del tiempo hace que muchas veces sea necesario complementar su capacidad jurídica. Si te encuentras en esta delicada situación y quieres más información, no dudes en contactar conmigo.

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