PAREJA ESTABLE Y LOS PERMISOS RETRIBUIDOS

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¿Sabe que cómo pareja estable tiene derecho a determinados permisos retribuidos? Hoy hablaremos de la pareja estable y los permisos retribuidos.

Que la sociedad está cambiando es un hecho. Hace unos años prácticamente todas las parejas acababan contrayendo matrimonio, ya fuera religioso o civil. Sin embargo, hoy en día, ya sea por no creer en el matrimonio, “porque no les apetece” casarse o por motivos económicos, la gran mayoría de las parejas deciden iniciar una convivencia sin más.

Y pasados dos años de esa convivencia “marital”, dicha pareja pasa a llamarse (sin pedir su consentimiento) “pareja estable” con los consecuentes derechos y obligaciones que eso conlleva.

La cuestión es que esas parejas estables, a pesar de mantener una relación completamente análoga a la del matrimonio, no gozan exactamente de los mismos derechos que las parejas casadas.

Si bien en Cataluña nuestro Código Civil otorga amplios derechos y obligaciones privadas a dichas parejas estables en relación con el resto del territorio español, cuando debemos acudir a la normativa estatal, la cosa cambia.

Hoy nos centraremos en el Derecho Laboral, concretamente, en la pareja estable y los permisos retribuidos.

La regulación laboral (Estatuto de los Trabajadores…), a pesar de haber sido reformada muy recientemente, no contempla a la pareja estable y los permisos retribuidos. Aunque también es cierto, que dicha regulación no protege a la familia como tal, sino que su ámbito de protección se dirige al trabajo de los miembros de la familia.

Afortunadamente, los convenios colectivos, en sus últimas versiones, sí que han venido regulando los derechos de las parejas estables y, en general, están equiparando sus derechos a los de los matrimonios.

No obstante, no todos los convenios equiparan de igual modo, o piden la misma justificación de pareja estable a la hora de conceder permisos retribuidos o licencias, o incluso otros beneficios personales.

Así, por ejemplo, hay convenios en los que basta acreditar la convivencia para la obtención de dichos permisos retribuidos, en otros es necesaria la inscripción en el Registro correspondiente de dicha pareja estable, y en otros basta la constitución notarial.

En cuanto a los permisos que se equiparan, algunos convenios los reconocen todos mientras que otros excluyen, por ejemplo, los 15 días por matrimonio.

Como puede ver, si bien se ha avanzado mucho en la equiparación de las parejas estables al matrimonio, todavía queda mucho por hacer.

Si Usted es pareja estable y desea conocer sus derechos, no dude en ponerse en contacto con Abigail Fernández García Abogada.

39 respuestas a «PAREJA ESTABLE Y LOS PERMISOS RETRIBUIDOS»

  1. Avatar de miguel
    miguel

    hola. Trabajo en una residencia de 3 edad privada de cataluña.
    Quería saber si tengo permisos por enfermedad grave o ambulatoria de mis suegros.
    Soy pareja estable con hijos y libro de familia.
    gracias.

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenas tardes,
      El Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio) establece, en su artículo 53.C referente a los permisos retribuidos, establece:
      «El personal, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: C. 3 días naturales en los casos de […] enfermedad grave u hospitalización del cónyuge o pareja de hecho legalmente establecida, y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
      En el caso de los suegros, hablaríamos de parientes de 1r grado por afinidad, por lo que sí tendría derecho a permiso retribuido.
      En Cataluña, se considera pareja de hecho aquella cuya convivencia dura más de dos años ininterrumpidos; si durante la convivencia, tienen un hijo común; o si los integrantes formalizan la relación en escritura pública (es decir, ante notario).
      En su caso, la empresa no debería ponerle impedimentos. De ser así, no dude en consultarme nuevamente.

  2. Avatar de José ignacio
    José ignacio

    Buenas. Llevo 8 años con mi pareja y 6 viviendo juntos. Tengo algún día retribuido por ingreso en Vizcaya? La operan de la espalda y es una operación muy complicada. Gracias

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días,
      Dependerá del Convenio Colectivo al que pertenezca la actividad de su empresa. Sabe cual es este Convenio Colectivo? De no saberlo, dígame la actividad a la que se dedica y haremos las comprobaciones.
      Un saludo.

  3. Avatar de Kim
    Kim

    Hola.somos pareja estable más de 11 años y más de 6 viviendo juntos. No estamos casados, somos de Madrid, me tienen que operar, y quería saber si tiene derecho a algún día o al día de la operación, se dedica al transporte de personas en bus.

  4. Avatar de Kim
    Kim

    Pareja estable y viviendo juntos pero no casados. Se dedica transporte de personas en el autobús. Por operación tiene algún día o por lo menos el día de la óperacion??

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenas tardes,
      La empresa para la que trabaja su pareja tiene Convenio Colectivo propio?
      Un saludo.

  5. Avatar de FERNANDO
    FERNANDO

    Buenas noches, trabajo en una residencia de la tercera edad en la Comunidad de Madrid, la residencia es pública pero de gestión privada. Tenemos el Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio.
    Operan a mi pareja, tengo derecho al permiso? , llevamos 5 años viviendo juntos y empadronados en el mismo domicilio.
    Desde hace algún tiempo queremos hacernos Pareja de Hecho, pero con esto del Covid hay mucha demora para ello en la administración, y ahora a surgido que mi pareja tiene que pasar por una operación con 5 días de ingreso hospitalario.
    Sería conveniente un Acta notarial de Manifestaciones?

    Muchas gracias

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenas tardes Fernando,
      El artículo 53.c del VII Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio) establece que se tiene derecho a un permiso retribuido de «3 días naturales en los casos de […] hospitalización del cónyuge o pareja de hecho legalmente establecida […]».
      Por lo tanto, como la Comunidad de Madrid se rige por el Código Civil común, aunque mantengáis una convivencia ininterrumpida de 5 años, deberéis formalizar la pareja de hecho ante Notario y comprobar si en vuestra localidad hay Registro de Parejas Estables. Si lo hay, tendréis que inscribir la escritura de constitución de pareja. Sólo en ese caso se considerará que sois «pareja de hecho legalmente establecida».
      Formalizar esta escritura es muy rápido, ya que se puede realizar en cualquier Notaria.
      Espero haberte ayudado. Un saludo.

  6. Avatar de Eugenia
    Eugenia

    Buenos días, van a operar a mi pareja estable desde hace 16 años, no estamos casados y trabajo en un centro de día para mayores, tenemos 2 hijos en común, me corresponden días??

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días Eugenia,
      El artículo 53.c del VII Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio) establece que se tiene derecho a un permiso retribuido de «3 días naturales en los casos de […] hospitalización del cónyuge o pareja de hecho legalmente establecida […]».
      Por lo tanto, si tu empresa se rige por el Convenio estatal (habría que ver si tiene convenio propio o no), aunque mantengáis una convivencia ininterrumpida de 16 años, deberéis formalizar la pareja de hecho ante Notario y comprobar si en vuestra localidad hay Registro de Parejas Estables. Si lo hay, tendréis que inscribir la escritura de constitución de pareja. Sólo en ese caso se considerará que sois «pareja de hecho legalmente establecida».
      Formalizar esta escritura es muy rápido, ya que se puede realizar en cualquier Notaria.
      Espero haberte ayudado. Un saludo.

  7. Avatar de Yaimi

    Hola buenas tardes quisiera saber si tengo un día de permiso pq van ahh operar ahh mi pareja y no estamos casados pero llevamos 8 años juntos y tenemos una niña en común, yo trabajo en limpieza
    Saludos.

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días Yaimi,
      El Convenio colectivo de trabajo del sector de la limpieza de edificios y locales de Cataluña para los años 2017 a 2021 no establece específicamente los permisos retribuidos de los trabajadores, por lo que se aplicaría el Estatuto de los Trabajadores, que sólo reconoce permisos retribuidos a las personas casadas. Por lo tanto, en base a ese convenio no tendrías permiso.
      Para el caso de que no fueras residente en Cataluña o tu empresa tuviese convenio propio habría que buscar el Convenio aplicable.
      Un saludo.

  8. Avatar de elena
    elena

    Buenos días. tengo pareja estable desde hace 8 años. Tenemos un hijo mio (Su padre se murio) y ahora de ambos. Somos de Cantabria. Mi marido se rige por el convenio del metal. En su empreas no tienen derechos. Nadie se coge nunca una baja porque les despiden. Yo tengo una minusvalia y una invalidez perma. absoluta. A mi pareja le niegan cualquer derecho por mi. Incluso una operacion que me hicieron, yo consegui un informe de reposo y le denegaron permiso. Tambien estuve hospitalizada en mayo y le denegaron cualquier permiso. Me gustaria saber si por mi situacion de enfermdad invalidez abosluta tengo algun tipo de derecho. Llegamos a la situacion de que de sus 23 dias de vacaciones la mitad las gastamos en ir al medico pormi causa, por ejem. a verme la retina y diltarme no puedo ir sola y asi mas cosas.

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días Elena,
      Mucho me temo que el Convenio de la Siderometalúrgica de Cantabria no reconoce ningún permiso a las parejas estables, por lo que tu pareja no tendría derecho a ningún día por enfermedad ni hospitalización tuya.
      Cosa distinta es que le pueda corresponder alguna cosa a nivel de Ley de Dependencia, pero esto deberíais consultarlo en vuestro Ayuntamiento o con Servicios Sociales.
      Un saludo.

      1. Avatar de Sonia
        Sonia

        Buenas noches! Quería saber si a mi pareja ( no estamos casados pero somos pareja estable desde hace 12 años y 4 viviendo juntos y empadronados) le corresponde algún día por mi ingreso, él tiene el convenio de cárnicas y somos de Castilla y León. Muchas gracias

        1. Avatar de Abigail Fernández
          Abigail Fernández

          Buenos días,

          El Convenio Colectivo Estatal de Industrias Cárnicas 2021-2023 no reconoce expresamente a las parejas estables, por lo que en principio no tendría derecho a ningún permiso.

          Un saludo.

  9. Avatar de Jose

    Buenas tardes.
    Mi nombre es Jose.
    Me gustaría saber si por inscribirme con mi pareja como pareja estable en Navarra nos corresponden los 15 días de licencia retribuida como si fuera matrimonio.
    Nos regimos por el convenio del comercio del metal

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días Jose,
      Me temo que no.
      El CONVENIO COLECTIVO AUTONÓMICO PARA LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 2018, 2019, 2020 y 2021 sólo equipara a la pareja estable con el cónyuge en los casos de defunción, enfermedad no grave con ingreso y enfermedad grave sin ingreso. Artículo 38.20.III.
      Un saludo.

      1. Avatar de Miguel Ángel
        Miguel Ángel

        Buenas tardes, llevo con mi pareja estable más de 20 años y conviviendo con un hijo en común más de 7años. Trabajo de conductor de bus, concretamente en la empresa municipal de transportes de Madrid ( emt) que tiene su propio convenio. Tengo reconocida a mi pareja ( compañera ) con un certificado de empadronamiento que tengo que presentar cada 6 meses. Durante 7 años he estado disfrutando de este derecho y ahora por operación y hospitalización de mi suegra me comenta que no.
        Quisiera saber si me corresponde. Saludos

        1. Avatar de Abigail Fernández
          Abigail Fernández

          Buenos días Miguel Angel,
          Me ha sorprendido que el Convenio Colectivo no recoja expresamente las intervenciones quirúrgicas de familiares con ingreso hospitalario, pero entiendo que se debe aplicar el mismo criterio que para aquellas que precisan de ingreso domiciliario.
          El artículo 5.5.1.f) del Convenio Colectivo de EMT dice que tendrías derechos a «dos días, que podrán ampliarse hasta tres más, cuando el trabajador necesite realizar un desplazamiento al efecto, en los casos de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
          Su suegra es pariente de segundo grado por afinidad por lo que, a mi juicio, le corresponde un permiso retribuido de 2 días.
          Un saludo.

  10. Avatar de Vanessa garcia alves
    Vanessa garcia alves

    Hola vivo con mi pareja tenemos dos hijos en comun se murio mi suegra tengo derecho a dias en el trabajo provincia orense

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días Vanesa,
      Ante todo, lamento mucho vuestra pérdida.
      Para poder contestar a tu pregunta necesito saber si la empresa para la que trabajas tiene Convenio propio o, en caso, negativo, a qué sector pertenece.
      Si el Convenio Colectivo no equiparase las parejas estables a los matrimonio, me temo que no te corresponderían días porque el Estatuto de los Trabajadores no se los reconoce.
      Si me confirmas el sector lo confirmo.
      Un saludo.

  11. Avatar de Rosario
    Rosario

    Hola,llevo con mi pareja estable 19 años y un hijo en común. Me pertenece permiso en caso de fallecimiento de mis suegros? Trabajo en SAS.
    Hace tres años falleció uno de ellos y con presentar libro de familia donde aparece mi hijo y nuestros nombres fue suficiente, pero ahora no sé si eso es así o no?

    Un saludo

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días Rosario,
      Entiendo que con SAS te refieres al Servicio Andaluz de Salud, no? Si no es así, indícamelo, por favor.
      El Artículo 48 del Estatuto de los Funcionarios públicos establece un permiso de 2 días o 4 días «cuando se trate del fallecimiento […] de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad» en función de si el fallecimiento se produce en la misma o en distinta localidad.
      Sin embargo, no dice expresamente que dicho permiso se aplique a las parejas estables, por lo que en principio sólo sería aplicable a los matrimonios.
      De hecho, respecto de las parejas estables sólo se indican permisos en caso de enfermedad grave de los hijos.
      Por lo tanto, con el Estatuto en la mano, entiendo que no te correspondería permiso. No obstante, si la vez anterior no te pusieron problemas, es posible que ahora tampoco. Una cosa es la norma y otro el sentido común.
      Un saludo.

  12. Avatar de Mi
    Mi

    Hola, quisiera saber si a mi pareja le corresponderia algun dia por una operacion mia o viceversa.Vivimos juntos por mas de 10 años sin estar casados. Somos cooperativistas del grupo Fagor, Gipuzkoa.

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días,
      Necesitaría saber exactamente cual es el Convenio Colectivo que se aplica en su caso, ya que con los cambios que han habido en Fagor últimamente me temo que podría haber diferentes Convenios.
      El Convenio Colectivo de Fagor Ederlan Tafalla, por ejemplo, sí reconoce a las parejas de hecho acreditadas mediante el certificado del registro correspondiente los mismos derechos que a los matrimonios, por lo que le corresponderían 2 días laborables o 4 medias jornadas consecutivas por accidente o enfermedad graves u hospitalización de su pareja.
      Un saludo.

  13. Avatar de Sandra Alonso
    Sandra Alonso

    Buenos días, llevo convivencia con mi pareja estable 5 años,pero no estamos casados ni somos pareja de hecho,trabajo como conductora en el convenio colectivo vinícola en burgos, le han ingresado x enfermedad grave tengo derecho a los días correspondientes?

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenas tardes Sandra,

      Habría que saber exactamente a que Convenio pertenece ya que he encontrado al menos dos Convenio relacionados con el sector del vino en Burgos.

      En cualquier caso, tanto el Convenio colectivo para la industria elaboradora, almacenistas y distribuidores de vinos, cervezas, licores y otras bebidas espirituosas de la provincia de Burgos como el Convenio aplicable es el Convenio Colectivo de Sector de MAYORISTAS Y MINORISTAS DE VINOS, AGUARDIENTES COMPUESTOS Y LICORES (09000395011981) de Burgos reconocen en su artículo 17 un permiso de 2 días siempre que justifiquen que son pareja de hecho con el certificado del registro de Parejas Estables y, si este Registro no existiese en su localidad, con el certificado de convivencia.

      Lo importante, por lo tanto, es que confirmen si en su localidad existe Registro de Parejas Estables. Si no existe, será suficiente acreditar la convivencia con un certificado del Ayuntamiento.

      Un saludo.

  14. Avatar de Alguien
    Alguien

    Hola, soy de Navarra.
    Estabamos pensando en hacernos oficialmente Pareja Estable, pero sin disfrutar los 15 días de permiso, ya que estoy embarazada y ahora queremos aprovechar de los permisos por médicos y demas…
    Queremos casarnos en unos años. En ese momento podremos disfrutar de los 15 días de permiso? O los perderíamos?

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días,
      Habría que ver lo que dicen vuestros Convenios Colectivos, pero en un principio si no disfrutáis del permiso por constitución de pareja estable tendríais que poder disfrutar del permiso por matrimonio. Lo que en principio no se podría sería disfrutar de ambos permisos si la pareja es la misma.
      Digo siempre «en principio» porque habría que ver los Convenios.
      Un saludo.

  15. Avatar de Jenifer
    Jenifer

    Hola,tengo el convenio en seguridad privada,quería saber si me pertenecen los 17 días de permiso retribuido por pareja de hecho

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días Jenifer,
      Según el Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad para el periodo 2023-2026, las parejas estables no tienen derecho al permiso retribuido de 17 días porque corresponde sólo a los matrimonios. El resto de permisos si se comparten.
      El artículo 56 del Convenio equipara a las parejas estables inscritas en el registro de parejas o uniones de hecho, exceptuando el apartado a), que es precisamente el del permiso por matrimonio.
      Un saludo.

  16. Avatar de Lola
    Lola

    Buenos días !!
    Mi convenio colectivo es el Del metal de Barcelona y estoy informada, que contempla el mismo derecho las parejas estables, que las parejas de hecho y las de matrimonio, pero necesitaria saber, desde que fecha entró en vigor.

    Muchas gracias. Lola

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenas tardes Lola,
      El Conveni col·lectiu de treball del sector de la indústria siderometal·lúrgica de la província de Barcelona per als anys 2022–2024 entró en vigor el 01/01/2022.
      Un saludo.

  17. Avatar de Sara
    Sara

    Tengo una duda respecto a esto. Si en la actualidad me hago pareja de hecho (ahora trabajo como monitora de ocio y tiempo libre y mi pareja es informático) y en el futuro me quiero casar. En caso de ambos cambiar de trabajo y de convenio podríamos disfrutar de los 15 dias de matrimonio?

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días Sara,
      Has de tener en cuenta que el permiso por matrimonio lo paga la empresa, por lo que si cambiáis de empresa, uno o ambos, aquél que cambie no debería tener ningún problema por disfrutarlo.
      Un saludo.

  18. Avatar de Raquel

    Buenas,
    Mi duda es, si se formaliza la pareja de hecho por notario. ¿Cuando comienza a computar el permiso retribuido (si este debe comenzar cuando se haga efectivo el trámite por convenio), cuando se firma ante el notario o cuando se ha validado en el Registro Civil? Soy de Cataluña.
    Gracias

    1. Avatar de Abigail Fernández
      Abigail Fernández

      Buenos días Raquel,
      Disculpa la tardanza en contestar pero he estado de baja médica unas semanas.
      Por analogía con el permiso por matrimonio, y siempre que el Convenio Laboral lo recoja expresamente, el permiso de las parejas estables debería computar desde el día de su constitución, es decir, cuando se firma la escritura o cuando se inscribe directamente en el Registro del Ayuntamiento si lo tiene.
      Un saludo.

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