Cuando la ruptura es consensuada nos podemos permitir pactar prácticamente todo siempre que no afecte al bienestar de los menores.
Podremos decidir libremente sobre el régimen de visitas de los niños y nuestras mascotas, la pensión de alimentos, la atribución de la vivienda familiar, etc.
Pero lo más importante, quizá, es que hoy en día es posible prevenir muchas de las consecuencias de una posible ruptura mediante acuerdos prematrimoniales y en previsión de ruptura de pareja de hecho.
¿En qué puedo ayudarte?
- Acuerdos prematrimoniales y pactos en previsión de ruptura.
- Acuerdos previos a la formalización de la pareja de hecho y formalización de la misma.
- Separación y/o divorcio.
- Ruptura de pareja de hecho.
- Disolución sociedad de gananciales.
- División de condominio.
- Plan de parentalidad (guarda y custodia, alimentos, visitas y vacaciones…).
- Pensiones entre cónyuges o entre miembros de la pareja de hecho.
- Uso del domicilio familiar.
- Modificación de medidas definitivas.
- Ejecución de sentencia de divorcio o de ruptura de pareja de hecho (impago de pensiones, incumplimiento régimen de visitas…).
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